Por el cual se aumenta la partida fijada para gastos de combustible, grasas y lubricantes del Comando de la 2ª Brigada

Rango Decreto
Publicación 1942-10-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA;

Artículo único. A partir del primero del presente mes, aumentase a cincuenta pesos ($ 50.00) mensuales la partida fijada por Decreto 1777 del presente año, para gastos de combustibles, grasas y lubricantes del Comando de la 2° Brigada del Ejército.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 13 de octubre de 1942.

CARLOS LOZANO Y LOZANO,

Primer Designado.

Encargado del Organo Ejecutivo.

El Ministro de Guerra,

A. GALVIS GALVIS

Digitó: CC1.023.922.646

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.