por el cual se crea un cargo en el Lazareto de Contratación y se adiciona el Decreto 25 de 1947

Rango Decreto
Publicación 1947-08-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HIGIENE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y especialmente en las que le confieren las Leyes 27 y 60 de 1946, y

CONSIDERANDO:

Que en los presupuestos mensuales de gastos del Lazareto de Contratación, se venía incluyendo como jornales el sueldo del Inspector de Obras Públicas del Lazareto de Contratación;

Que con motivo del aumento de esta asignación, no puede seguirse pagando en esta forma, siendo necesario crear este cargo que es de imperiosa necesidad, por cuanto que dicho empleado es el que dirige las obras públicas en el citado Lazareto,

DECRETA:

Artículo primero. Créase, a partir del 16 de junio del año en curso el cargo de Inspector de Obras Públicas del Lazareto de Contratación, con una asignación mensual de $ 270, quedando incorporado a la nómina del personal de empleados del Ministerio de Higiene.

Parágrafo. El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto será pagado con cargo al Capítulo 49, artículo 753 del Presupuesto vigente.

Artículo segundo. Queda en esta forma adicionado el Decreto 25 de 1947.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 18 de julio de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Higiene,

Pedro Eliseo CRUZ

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