por el cual se aprueba el Reglamento sobre Instrucciones para Agregados Militares, Navales y Aeronáuticos Extranjeros
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de Reglamento sobre Instrucciones para Agregados Militares, navales y Aeronáuticos Extranjeros presentado por el Jefe del Estado Mayor General de las Fuerzas Militares, contempla las normas a que deben sujetarse en Colombia las actividades de los Agregados Extranjeros y les facilita el cumplimiento de su misión,
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con el Decreto 953 de 1940, apruébese el Reglamento sobre Instrucciones para Agregados Militares, Navales y Aeronáuticos Extranjeros, propuesto por el Estado Mayor General de las Fuerzas Militares, el cual se clasificará así: Publico serie A N° 16.
Artículo 2°. Las observaciones a que dé lugar el Reglamento en referencia deben ser presentadas al Estado Mayor General a fin de que previo estudio, sean tenidas en cuenta para posteriores ediciones.
Artículo 3°. Por la imprenta del Ministerio de Guerra se hará una edición de doscientos ejemplares del Reglamento aprobado por el presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 15 de julio de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Relaciones Exteriores
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