Por el cual se reduce el impuesto a las exportaciones de café y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la Republica de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 122 de la Constitución Nacional, y en desarrollo del Decreto 1970 de 1974.
DECRETA:
Artículo 1° Redúcese en cuatro (4) puntos el impuesto ad valorem sobre el producto en moneda extranjera de las exportaciones de café, establecido por el artículo 226 del Decreto-ley 444 de 1967.
La reducción se hará a razón de un (1) punto anual, el primero (1°) de enero de los años de 1975, 1976,1977 y 1978, y se deducirá de la parte de dicho impuesto que debe acreditarse en la cuenta especial de cambios en favor del Gobierno Nacional, al tenor de lo dispuesto en el artículo 226 del Decreto-ley 444 de 1967 antes citado, y normas concordantes.
Artículo 2° A partir de la vigencia del presente Decreto, el impuesto del uno y medio por ciento (1 1/2%) sobre el valor CIF de las importaciones que se realicen al país, creado por el artículo 20 del Decreto-ley 688 de 1967, constituiría un ingreso ordinario del Gobierno Nacional, sin determinación especifica.
Artículo 3° Lo dispuesto en el artículo 143 del Decreto 2053 de 1974, se entiende sin perjuicio de las exenciones establecidas en la ley 10° de 1946.
Artículo 4° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Publíquese y ejecútese
Dado en Bogotá, D. E. a 31 de octubre de 1974.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Gobierno, Cornelio Reyes. El Ministro de Relaciones Exteriores, Indalecio Liévano Aguirre. El Ministro de Justicia, Alberto Santofimio Botero. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya. El Ministro de Defensa Nacional, General Abraham Varón Valencia. El Ministro de Agricultura, Rafael Pardo Buelvas. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, María Elena de Crovo. El Ministro de Salud Pública, Haroldo Calvo Núñez. El Ministro de Desarrollo Económico, Jorge Ramírez Ocampo. El Ministro de Minas y Energía, Eduardo del Hierro Santacruz. El Ministro de Educación Nacional, Hernando Durán Dussán. El Ministro de Comunicaciones, Jaime García Peña. El Ministro de Obras Públicas, Jorge Salcedo Collante.
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