por el cual se adiciona el Decreto 2066 de septiembre 4 de 1991

Rango Decreto
Publicación 1991-10-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en usa de sus atribuciones legales, en especial de las que le confiere el artículo 1ø del Decreto - ley 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el artículo lo del Decreto 2066 de 1991, "por el cual se crea el Comité de Coordinación de la Apertura Económica", con el literal i), el cual quedará así:

"i) El representante legal de la central obrera que afilie al mayor número de trabajadores".

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 18 de octubre de 1991.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda,

Hector Jose Cadena Clavijo.

El Ministro de Desarrollo Económico,

Ernesto Samper Pizano.

El Director del Departamento Nacional de Planeación

Armando Montenegro Trujillo.

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