Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de la Navegación Fluvial

Rango Decreto
Publicación 1942-10-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Desde el primero de octubre del presente año, el Capitán y Primer Oficial del vapor "Camilo Torres", devengarán, en su orden, los sueldos de doscientos cincuenta y cinco pesos ($ 255.00) moneda corriente y ciento treinta pesos ($ 130.00) moneda corriente mensuales.
Artículo 2° El Ministerio de Obras Públicas queda facultado para fijar las asignaciones correspondientes al resto del personal, del vapor "Camilo Torres", de acuerdo con el fallo arbitral, siendo entendido que el personal del mencionado vapor trabajará con las remuneraciones y obligaciones establecidas en el fallo arbitral en referencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de octubre de 1942.

El Primer Designado, Encargado del Organo Ejecutivo del Poder Público,

CARLOS LOZANO Y LOZANO,

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Obras Públicas,

Marco Aurelio ARANGO

Digitó: CC1.023.922.646

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