En ejecución de la Ley 109 de 1887

Rango Decreto
Publicación 1888-03-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

Vistas la Ley 109 de 1887, y la nota número 104, fecha 29 de Noviembre último, dirigida al Ministerio de Hacienda por el Sr. Administrador de la Aduana de Ipiales,

DECRETA:

Art. 1.° Auméntase el Resguardo de la Aduana de Ipiales en ocho plazas de Guardas con el sueldo de $ 192 anuales cada uno.
Art. 2.° Autorízase al Administrador para que nombre interinamente los individuos que deban desempeñarlas, dando cuenta al Ministerio de Hacienda, y para que destine cuatro Guardas á celar el contrabando en Túquerres, y cuatro en Pasto, los cuales situará en dichos lugares á las órdenes de los respectivos Administradores de Correos, á quienes trasmitirá las instrucciones del caso.

Dado en Bogotá, á 7 de Marzo de 1888.

RAFAEL NUÑEZ.

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Hacienda,

Vicente Restrepo.

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