Por el cual se concede una franquicia telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia telegráfica al señor Roberto J. White, Ingeniero Director de los trabajos del camino de Quibdó á Bolívar (Departamento de Jericó), para dirigirse al Ministerio de Obras Públicas sobre asuntos urgentes relacionados con dichos trabajos, con limitación de veinticinco palabras para cada uno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Marzo de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.