Por el cual se concede una franquicia telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Concédese franquicia telegráfica al señor Roberto J. White, Ingeniero Director de los trabajos del camino de Quibdó á Bolívar (Departamento de Jericó), para dirigirse al Ministerio de Obras Públicas sobre asuntos urgentes relacionados con dichos trabajos, con limitación de veinticinco palabras para cada uno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 18 de Marzo de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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