Por el cual se crea una Escuela Normal Rural, dependiente de la División de Educación Campesina del Ministerio de Educación Nacional

Rango Decreto
Publicación 1958-09-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

En Uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto número 3518 de noviembre 9 de 1948 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio el territorio de la República,

DECRETA:

Artículo primero. Créase la Escuela Normal Rural para Varones en "La Cruz" (Nariño).
Artículo segundo. Facultase al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones presupuéstales necesarias a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.
Artículo tercero. El Ministerio de Educación reglamentará por medio de^ resoluciones, lo referente a la organización y funcionamiento del citado plantel.
Artículo cuarto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E a 11 de julio de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca. -Vicealmirante Rubén Piedrahita A, -Brigadier General Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luis É. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo.-El Ministro de Relaciones Exteriores Varios Sanz de Santamaría.--El Ministro de Justicia, Rodrigo Noguera Laborde.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Saiz Montoya,-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Solazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.--El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Fomento, Harold Eder.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación, Alonso Carvajal Peralta. El Ministro de Comunicaciones, Brigadier General Alfonso Ahumada Raíz. - El Ministro de Obras Públicas Roberto Salazar Gómez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.