Por el cual se aprueba el Decreto número 31 de 1952 (agosto 21), de la Superintendencia Bancaria

Rango Decreto
Publicación 1952-10-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el Decreto número 31 del 21 de agosto de 1952, dictado por el Superintendente Bancario y cuyo texto es el siguiente:

"DECRETO NUMERO 31 DE 1952 (AGOSTO 21)

por el cual se adscriben unas funciones a la Auditoría del Instituto de Crédito Territorial y se crea un cargo.

El Superintendente Bancario,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO :

Que por medio del artículo 2° del Decreto número 1973 de 1952 (agosto 16) se dispuso que la Auditoria de la Caja de la Vivienda Militar quedara a cargo de la Superintendencia Bancaria,

DECRETA:

Artículo 1° Adscribense, a partir de la fecha de este Decreto, las funciones de Auditoría de la Caja de la Vivienda Militar a la Auditoria del Instituto de Crédito Territorial.
Artículo 2° Créase, dependiente de la Auditoría del Instituto de Crédito Territorial, el cargo de Agente Especial Subauditor, con sueldo mensual de ochocientos cincuenta pesos ($ 850.00).

Parágrafo. El Auditor del Instituto de Crédito Territorial reglamentará las funciones que el Agente Especial Subauditor deberá ejercer en su representación ante la Caja de la Vivienda Militar y ante el Instituto de Crédito Territorial.

Artículo 3° Sométase este Decreto a la aprobación del Gobierno Nacional.

Dado en Bogotá, a veintiuno (21) de agosto de mil novecientos cincuenta y dos (1952).

(Fdos.) Manuel Antonio Suárez Hoyos, Superintendente Bancario.

El Secretario, Pedro M. Carreño Mallarino."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de octubre de 1952.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo.

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