por el cual se crea el cargo de Viceministro

Rango Decreto
Publicación 1968-10-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 65 de 1967 y en desarrollo del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo primero. crease el cargo de viceministro en los Ministerios de Hacienda y crédito Público, agricultura, fomento y minas y petróleos.
Artículo segundo. señalese como remuneración de dichos cargos la correspondiente a la categoría 28 conforme a la escala adoptada por el decreto 2285 de 1968.
Artículo tercero. el presente Decreto rige a partir de la fecha.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 14 de septiembre de 1968

CARLOS LLERAS RESTREPO

Abdón Espinosa Valderrama Ministro de Hacienda y Crédito Público Enrique Peñalosa Camargo Ministro de Agricultura Hernando Gómez Otálora Ministro de Fomento Carlos Gustavo Arrieta, Ministro de Minas y Petróleos

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