Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1939-12-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 12 de los corrientes, concedió al Ministro de Hacienda y Crédito Púbico la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931, para hacer algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, según consta en oficio 3469, procedente de la Secretaría de la mencionada entidad,

DECRETA:

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

Dado en Bogotá a 15 de diciembre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José Joaquín CAICEDO CASTILLA

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