por el cual se modifican las asignaciones de algunos cargos en la Dirección de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y se causan otras novedades

Rango Decreto
Publicación 1947-08-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 12 de la Ley 60 de 1946,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 1º de agosto del año en curso las asignaciones mensuales de los cargos que a continuación se expresan, dependientes de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán las siguientes:
Departamento de Aduanas:
Secretario $480.00 mensuales.
Revisor de Exenciones y Devoluciones 400.00 mensuales.
Oficina de Revisión del Arancel Aduanero.
Secretario 480.00 mensuales.
Coordinador de Investigaciones Económicas 400.00 mensuales.
Artículo segundo. A partir del 1º de agosto del año en curso suprímese en la Capitanía del Puerto de Puerto Carreño el cargo de Capitán que actualmente se encuentra vacante y adscríbensele dichas funciones al Administrador de la Aduana de dicho lugar.
Artículo tercero. Los empleados que actualmente están desempeñando los cargos a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto, continuarán ejerciéndolos sin necesidad de nuevo nombramiento y posesión.

Comuníquese y Publíquese

Dado en Bogotá a 18 de julio de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

SIMBO

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