Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 6 de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en el Acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de octubre de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Públicos, Gonzalo RESTREPO-El Ministro de Educación Nacional, Antonio ROCHA.
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