Por el cual se ordena el resello de unas estampillas

Rango Decreto
Publicación 1953-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero. Ordénase el resello de diez y seis millones (16.000.000) de estampillas, de valor facial de diez centavos ($ 0.10) de la emisión Salto de Tequendama, con la inscripción de cinco centavos ($ 0.05), destinadas para el franqueo de la correspondencia.
Artículo segundo. Las estampillas a que se refiere el presente Decreto tendrán validez por tiempo indefinido.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 3 de febrero de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Carlos Albornoz R.

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