Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1977 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $78.113.301.84

Rango Decreto
Publicación 1977-11-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades conferidas en la Ley 14 de 1977, y

CONSIDERANDO:

Que las Leyes 3ª de 1972 y 18 de 1975 confirieron facultades extraordinarias al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales necesarias para su cumplimiento;

Que con base en el producto de préstamos otorgados al Gobierno de Colombia por el Gobierno belga autorizados en las leyes antes citadas, se debe adicionar el presupuesto vigente en $ 78.113.301.84 que se darán en calidad de préstamo, a la Empresa de Teléfonos de Bogotá, en armonía con lo dispuesto en el Decreto número 505 de 1974;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 20 de 1977 por $ 78.113.301.84 equivalente en pesos del producto de préstamos otorgados por el Gobierno belga según convenios de septiembre 30 de 1974, diciembre 5 de 1975 y diciembre 17 de 1976; y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia de 1977 con la cantidad de setenta y ocho millones ciento trece mil trescientos un pesos con ochenta y cuatro centavos ($ 78.113.301.84) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 20 de 1977 expedido por el Contralor General de la República se incorporarán así:
PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
Recursos de Capital.
CAPITULO XIII
Recursos del Crédito.
b) Recursos del Crédito Externo.
Numeral 132. Equivalente en pesos del producto de préstamos otorgados por el Gobierno belga según Convenio de septiembre 30 de 1974, diciembre 5 de 1975 y diciembre 17 de 1976 $ 78.113.301.84
Suma el recurso $ 78.113.301.84
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1977:
PRESUPUESTO DE INVERSION PRESUPUESTO DE INVERSION PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO XV
Dirección General de Crédito Público Dirección General de Crédito Público Dirección General de Crédito Público
Inversión indirecta
Recursos del Crédito Externo.
Préstamos Colombo- Belgas
Claves:
61 - 362 - Artículo.5688. Para entregar a la Empresa de Teléfonos de Bogotá, en calidad de préstamo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto número 505 de marzo 27 de 1974, con destino al pago a Bell Telephone Manufacturing Company de Bélgica por el suministro, construcción, instalación, interconexión al sistema telefónico de Bogotá y entrega en funcionamiento de los materiales y elementos indispensables para los equipos de transmisión por impulsos codificados PCM - así como el valor de los servicios requeridos $ 78.113.301.84
Suma el crédito adicional $ 78.113.301.84
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a octubre 17 de 1977.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Roberto Salazar Manrique

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