Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1977, en las cantidades de $ 25.000.000.00

Rango Decreto
Publicación 1977-10-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 25.000.000.00.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que de acuerdo con estudios realizados por la Dirección General Operativa del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, en el presente, año se efectuarán remates de equipo que alcanzarán la suma de $ 45,000.000.00 (cuarenta y cinco millones de pesos) moneda corriente;

Que en el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia está aforado este recurso en la suma de $ 20.000.000.00 (veinte millones de pesos) moneda corriente;

Que en consecuencia es procedente incorporar la diferencia de $ 25.000.000.00 (veinticinco millones de pesos) moneda corriente, para atender la compra de repuestos y gastos inherentes a estos, para equipos de conservación de los Distritos de Obras Públicas y para compra de equipo;

Que los recursos que obtenga el Fondo Vial Nacional distintos de los incluidos en el Presupuesto Nacional, pueden ser utilizados directamente por el Fondo, previa su incorporación en el presupuesta de ingresos de acuerdo al artículo 22 del Decreto reglamentario número 2862 de noviembre 20 de 1988;

Que se expidió el certificado de disponibilidad correspondiente, por la suma de $ 25.000.000.00;

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la tramitación tío esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de, ingresos del Fondo Vial, Nacional de la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 25.000.000.00 (veinticinco millones de pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:

presupuesto de ingresos

Otros recursos.

Numeral 10. Remate y venta de equipo y materiales inservibles $ 25.000.000
Suman los ingresos $ 25.000.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1977, en la suma de $ 25.00.0.000.00 (veinticinco millones de pesos) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:

presupuesto de gastos

Inversión directa.

Programa 03.

Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales.

Artículo 05. Para compra de repuestos y gastos inherentes a. éstos, para equipos de conservación financiados con el producto del remate y venta de servicios en los Distritos de Obras Públicas $ 20.000.000

Programa 11.

Compra, reparación, reconstrucción, transporte de equipo y gastos generales.

Articulo 39 A. Compra de equipo $ 5.000.000
Suman los gastos $ 25.000.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, d. e., a 17 de octubre de 1977.

Alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Roberto Salazar Manrique.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Humberto Salcedo Collante.

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