Por elc ual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del fondo vial nacional de la vigencia fiscal de 1977 en las cantidades de $ 25,000,000,oo y $ 17,500,000,oo

Rango Decreto
Publicación 1977-10-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con las Resoluciones emanadas del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, número 11116 del 14 de diciembre de 1976, 3858 del 5 de mayo de 1977, 3972 del 6 de mayo de 1977, 5161 del 8 de junio de 1977 y 5336 del 13 de junio de 1977 mediante las cuales se crean peajes y establecen tarifas únicas de peaje en varias carreteras nacionales se ha estimado por este concepto un producto que alcanzará la cantidad de $ 82.500.000 .00 (ochenta y dos millones quinientos mil pesos) moneda corriente, en la presente vigencia;

Que en el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de 1977 está aforado este producto en la suma de $ 65.000.000.00 (sesenta y cinco millones de pesos) moneda corriente, para cuyo cálculo no se computó el producto proveniente del establecimiento de una tarifa única;

Que en consecuencia es procedente incorporar la diferencia de $ 17.500.000.00 (diecisiete millones quinientos mil pesos) moneda corriente, para atender los gastos de administración y conservación en vías de peaje;

Que los recursos que obtenga el Fondo Vial Nacional distintos de los incluidos en el Presupuesto Nacional, pueden ser directamente y utilizados por el Fondo previa su incorporación al presupuesto de ingresos, según el artículo 22 del Decreto reglamentario número 2862 de noviembre 20 de 1968;

Que se expidió el correspondiente certificado de disponibilidad, y

Que se han cumplido todos los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA.

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1977, en la cantidad de $ 17.500.000.00 (diecisiete millones quinientos mil pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS
Otros recursos.
Numeral 5. Peaje $ 17.500.000
Suman los ingresos $ 17.500.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1977 en la cantidad de $ 17.000.000.00 (diez y siete millones quinientos mil pesos) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
PRESUPUESTO DE GASTOS
Inversión directa.
Programa 03.
Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales. Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales. Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales.
Artículo 07. Administración y conservación en vías de peaje $ 17.500.000
Suman los gastos $ 17.500.000

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de octubre de 1977.

ALONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público encargado,

Roberto Salazar Manrique.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Humberto Salcedo Collante.

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