por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 30 del mes y año que termina, concedió la respectiva autorización para efectuar unos traslados en el Presupuesto vigente,
DECRETA:
Artículo único. Hócenselos siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
| Capítulo 17. Del artículo 70, para pagar a la Caja de Auxilios de la Policía--Nacional el valor de las indemnizaciones de que trata el Decreto número 977 de 1933……………………….. $ | 4,680.00 | |
|---|---|---|
| Al artículo 69. Para servicio de alumbrado', agua, teléfono, forrajes, reparación de locales, hospitalizaciones, aseo,, compra de elementos y combustibles, medicinas y aparatos de cirugía, viáticos, transportes, auxilios de marcha, investigaciones reservadas, compra de vestuario, útiles de escritorio, máquinas de escribir, muebles, motocicletas, ambulancias, carros de prisión, equipos para talleres, gases lacrimosos, arrendamientos y otros gastos de la Policía Nacional, del Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial y de la Oficina Central de Medicina Legal……………………………………………………………. | 3,96167 | |
| Al artículo 69 bis. Para gastos imprevistos de la Policía Nacional, pago de medios sueldos por enfermedad comprobada de acuerdo con las disposiciones: legales vigentes y pago de tas gastos de vigencias anteriores como medios sueldos y otros…. | 718.33 | |
| Sumas iguales ………………………….$ | 4.680.00 | 4,680.00 |
| Comuníquese. Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1938. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO | Comuníquese. Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1938. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO | Comuníquese. Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1938. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO |
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