Por el cual se disminuye el personal del bote Guarda-costas del Pacífico, i se crea una plaza de Escribiente en la Aduana de Buenaventura
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
Vistos : El oficio del Administrador-Tesorero de la Aduana de Buenaventura, de fecha 11 del corriente, número 6 ;
El artículo 31 del Código fiscal, i
El Presupuesto nacional en curso (74 a 75),
decreta :
Art. 1.° Suprímense dos de las plazas de Remeros del bote guarda-costas del Pacífico.
Art. 2.° El personal del indicado bote se compondrá de los empleados con las denominaciones i sueldos fijos anuales siguientes :
| Un Capitan-Piloto | $ 600 |
|---|---|
| Seis remeros, a $360 | 2,160 |
| $ 2,760 |
Art. 3.° Créase en la Aduana de Buenaventura una plaza mas de Escribiente, con el sueldo fijo anual de trescientos ochenta i cuatro pesos. ( $ 384.)
Dado en Bogotá, a 26 de enero do 1875.
S.PÉREZ.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Aquileo Parra.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.