Por el cual se aumenta la Policía del Lazareto de Caño de Loro
El Presidente de la república de Colombia,
en vista de la solicitud que con el carácter de urgente han elevado los señores Gobernador del Departamento de Bolívar y Administrador del Lazareto de Caño de Loro,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase con quince agentes el personal de la novena División la Policía Nacional, destinados á la Sección que presta servicio en el Lazareto de Caño de Loro. Estos agentes gozarán del sueldo de los de igual clase de dicha guarnición.
El presente Decreto tendrá la anterioridad de 19 de Diciembre del año próximo pasado, fecha desde la cual están prestando servicio los quince agentes de que se trata.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 20 de Febrero de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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