por medio del cual se modifica el Decreto 1790 de 2003 por el cual se suprime el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, y se ordena su liquidación
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el artículo 3º del Decreto-ley 254 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1º. Modifícase el artículo 3º del Decreto 1790 de 2003, el cual quedará así:
Artículo 3º. Órgano de dirección de la liquidación. Es órgano de dirección de la liquidación delFondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, en Liquidación el liquidador, cuyos actos se regirán por lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 2º. Deróganse los artículos 4º, 5º y 6º del Decreto 1790 de 2003.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Transporte,
Andrés Uriel Gallego Henao.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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