Por el cual se aprueba el acuerdo número 12 de 1973, de la junta directiva del fondo rotatorio del ministerio de justicia
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 29 del Decreto número 1050 de 1968,
decreta:
Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 12 de 1973 de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO. NUMERO 12 DE 1973
(noviembre 15)
por el cual se autoriza al Fondo Rotatorio para constituir una o varias Sociedades de Economía Mixta.
La Junta Directiva del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia, en ejercicio de sus facultades legales y en desarrollo del artículo 29 del Decreto-ley número 1050 de 1968,
acuerda:
Artículo 1° Con cargo a sus propios recursos o mediante aporte industrial, el Fondo podrá constituir una o varias Sociedades de Economía Mixta cuyo objetivo social sea el tomento de la industria y artesanías carcelarias.
Artículo 2° Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y requiere, para su validez, la aprobación del Gobierno
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 21 de noviembre de 1973.
El Presidente,
(Fdo.), Jaime Castro
El Secretario,
(Fdo.), Gilberto Mejía".
Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 21 de noviembre de 1973
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Justicia, Jaime Castro.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.