por el cual se crea la Junta de Adquisiciones y Contratos del Ministerio de Relaciones Exteriores y se le asignan funciones

Rango Decreto
Publicación 1991-10-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 43, literal b) de la Ley 11 de 1991.

DECRETA:

Artículo 1º Créase en el Ministerio de Relaciones Exteriores la Junta de Adquisiciones y Contratos, con el objeto de actuar como organismo asesor del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del mismo, de conformidad con las disposiciones contempladas en el presente Decreto.
Artículo 2º Serán miembros de la Junta de Adquisiciones y Contratos, con voz y voto, quienes ejerzan las siguientes funciones o sus delegados:

Parágrafo. El Subsecretario de Asuntos Administrativos asignará a un funcionario de tal Subsecretaria la responsabilidad de actuar como Secretario de la misma Junta y en consecuencia, de elaborar y archivar las correspondientes actas.

Artículo 3º Los Miembros titulares de la Comisión, podrán invitar a otros funcionarios o a especialistas particulares que por sus conocimientos de los asuntos en estudio puedan facilitar las recomendaciones de la Junta. También deberán hacerlo cuando por instrucciones del Ministro o el Secretario General determinen su asistencia.
Artículo 4º Son funciones de la Junta de Adquisiciones y Contratos:
Articulo 5º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y Cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 21 de octubre de 1991;

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.

El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,

Rodrigo Pardo Garcia-Peña.

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