Por el cual se dicta una disposición relacionada con los Juzgados Distritales de Cúcuta y Cartagena

Rango Decreto
Publicación 1958-01-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4° del Decreto número 2218 de 1950, y 112 del Decreto número 0700 de 1954, las denominaciones y asignaciones de los Juzgados Distritales de Aduanas de Cúcuta v Cartagena, serán las siguientes, a partir del día 16 de noviembre del año en curso:

1 Juez, $ 1.100.00 mensuales.

1 Oficial 4° Secretario, $ 770.00 mensuales.

1 Auxiliar 6° Portero Citador, $ 345.00 mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de diciembre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén Piedrahita.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

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