Por el cual se dicta una disposición relacionada con los Juzgados Distritales de Cúcuta y Cartagena
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
CONSIDERANDO:
- 1° Que hay necesidad de unificar las asignaciones que devengan el Juez y personal subalterno al servicio de los Juzgados Distritales de Aduanas que funcionan en el país, y
- 2° Que dichos Jueces, a excepción de los de Cúcuta y Cartagena tienen una asignación de $ 1.100.00 mensuales,
DECRETA:
Artículo único. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4° del Decreto número 2218 de 1950, y 112 del Decreto número 0700 de 1954, las denominaciones y asignaciones de los Juzgados Distritales de Aduanas de Cúcuta v Cartagena, serán las siguientes, a partir del día 16 de noviembre del año en curso:
1 Juez, $ 1.100.00 mensuales.
1 Oficial 4° Secretario, $ 770.00 mensuales.
1 Auxiliar 6° Portero Citador, $ 345.00 mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de diciembre de 1957.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén Piedrahita.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo
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