Por el cual se distribuye parte de una suma global apropiada en el Presupuesto Nacional de Gastos vigentes, para el control de enfermedades venéreas
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Del saldo de la suma global apropiada en el Capítulo 0908 - División de Epidemiología - Programa IV - Enfermedades Transmisibles - Subprograma 2 - Control de Enfermedades Venéreas -Artículo 9198 "Para control de enfermedades venéreas en forma directa o contractual con institutos de higiene social y similares, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución parcial:
| CAPITULO 0908 | ||
|---|---|---|
| Artículo 9198. | ||
| Claves: | Económica: 294 | |
| Funcional: 336 | ||
| Ordinal 2. Para entregar al Instituto de Higiene Social de Cali, con destino a los gastos de organización y realización del Seminario Nacional Antivenéreo | $ 5.000.00 | $ 5.000.00 |
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 26 de septiembre de 1901.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Misael Pastrana Borrero.
El Ministro de Salud Pública.
Alvaro de Angulo
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