Por el cual se modifica el Decreto 2426 de 1987
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 54 de 1987,
decreta:
Artículo 1° Modifícase el artículo 1° del Decreto 2426 de 1987, en cuanto a la representación del Gobierno Nacional en el Consejo Nacional Laboral, a que se refiere el artículo 4° de la Ley 54 de 1987, así:
| . | Doctor Juan Martín Caicedo Ferrer. Ministro de Trabajo y Seguridad Social quien lo presidirá o su delegado; |
|---|---|
| . | Doctor Luis Fernando Alarcón Mantilla, Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado; |
| . | Doctor Carlos Arturo Marulanda Ramírez, Ministro de Desarrollo Económico, o su delegado; |
| . | Doctor Gabriel Rosas Vega, Ministro de Agricultura, o su delegado; |
| . | Doctora María Mercedes Cuéllar de Martínez, Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado. |
Articulo 2° Aceptar la renuncia presentada por el doctor Enrique Luque Carulla y designar al doctor Sabas Pretelt de la Vega, en su reemplazo, en representación de los empleadores particulares.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de noviembre de 1988.
virgilio barco
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Juan Martín Caicedo Ferrer.
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