por el cual se suspende las elecciones de alcalde y concejo municipal del 30 de octubre de 1994, en el municipio de Pinillos (Bolivar)

Rango Decreto
Publicación 1994-10-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el artículo 76 de la Ley 134 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que según informes de las autoridades competentes, la situación de orden público en el municipio de Pinillos en el Departamento de Bolívar no permite la realización del debate electoral del 30 de octubre de 1994, en relación con las elecciones de alcalde y consejo municipal, por cuando no se encuentran dadas las garantías que se aseguren el normal desarrollo del proceso electoral.

Que la Ley 134 de 1994, en su artículo 76, en concordancia con el artículo 128 del Código Electoral (Decreto 2241 de 1986), facultad al Presidente de la República, en caso de grave perturbación del orden público, para decidir sobre el aplazamiento de la celebración de las elecciones.

DECRETA:

Artículo primero. Suspender las elecciones para el alcalde y concejo municipal del 30 de octubre del año en curso, en el municipio de Pinillos en el Departamento de Bolívar.
Artículo Segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá D.C., a 29 de octubre de 1994.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Gobierno,

Horacio Serpa Uribe.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.