Orgánico del Departamento de Aguas y Meteorología del Ministerio de la Economía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1939-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 96 del presente año,

DECRETA:

Artículo 1° Crease el Departamento de Agua y Meteorología, el cual conocerá de los siguientes ramos: Irrigación y avenamiento; concesiones, licencias y reglamentación de aguas de uso público y meteorología.
Artículo 2° El personal y asignaciones mensuales del Departamento a que se refiere el artículo anterior serán los siguientes:

AQUÍ PDF DIARIO 23970 (TABLA DE PERSONAL Y ASIGNACIONES) PÁG. 11.

Artículo 3° Corresponde al Departamento de Aguas de Meteorología los siguientes asuntos:

Jefatura

SECCIÓN 1ª

Irrigación y avenamiento

SECCION 2ª

Concesiones, Licencias y Reglamentaciones de Aguas de Uso Público.

SECCION 3ª

Meteorología

d)Verificación y estudio de las cartas climatológicas del país en lo que hace relación con los regímenes pluviales, de temperaturas, humedad relativa, tensión del vapor de agua atmosférico, presiones barométricas, etc., a fin de hacer que ellas sean aprovechables a todo lo relacionado con los problemas forestales, agrícolas, de irrigación, etc.;

Observatorio de Bartolomé

Artículo 4° Las disposiciones del presente Decreto no afectan las facultades otorgadas al Gobierno por la Ley 107 de 1936, y demás sobre obras de desecación y riego, para determinar el personal y asignación de las Comisiones de estudio o construcción ya organizadas o que sea necesario establecer en el futuro.

Parágrafo. Lo relativo a las Comisiones de aguas de la Zona Bananera del Departamento del Magdalena, se regirá por las disposiciones de la Ley 1ª de 1937.

Artículo 5° Por medio de Resoluciones reglamentarias se determinarán las funciones de cada empleado.
Artículo 6° Este Decreto entrará a regir desde el 1º de enero de 1939.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1938

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economia Nacional,

Jorge GARTNER

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