Por el cual se suprime un cargo y se crean otros en el Ministerio de Higiene
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confieren las Leyes 27 y 60 de 1946, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 2055 de 1947 se crea la Junta de Compras y se reglamenta el procedimiento para las adquisiciones en el Ministerio de Higiene;
Que para el correcto funcionamiento de esta Oficina es necesario crear unos cargos que se consideran indispensables;
Que existe en la Administración de Lazaretos, dependiente del Departamento Administrativo del Ministerio de Higiene, el cargo de Proveedor de Lazaretos, cuyas funciones quedan eliminadas al crearse la Junta de Compras,
DECRETA:
Artículo 1º A partir del primero de junio del corriente año suprímese el cargo de Proveedor de Lazaretos del Departamento Administrativo, con una asignación mensual de $ 300.
Artículo 2º Créase, a partir del 16 de julio en curso, la Oficina de Compras, dependiente del Departamento Administrativo del Ministerio de Higiene, con el siguiente personal:
| Un Jefe de Compras, con asignación mensual de | $400.00 |
|---|---|
| Un Cotizador-Mecanógrafo | 250.00 |
Artículo tercero. A partir del mismo 16 de julio en curso, las asignaciones de los siguientes empleados de la Sección de Proveeduría y Almacén del Ministerio, serán como sigue:
| Tres Despachadores, cada uno a | $120.00 |
|---|---|
| Una Celadora de Depósitos | 90.00 |
| Dos Empacadores Cargueros, cada uno | 110.00 |
| Un Mensajero | 120.00 |
Artículo 4º Quedan modificados en esta forma los Decretos números 25 y 1905 de 1947.
Comuníquese y Publíquese
Dado en Bogotá a 18 de julio de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Higiene,
Pedro Eliseo CRUZ
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