Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Nacional de Planeación y se determinan sus funciones

Rango Decreto
Publicación 1989-10-20
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 90
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias otorgadas por la Ley 38 de 1989, y oída la Junta Asesora de que trata el artículo 93 de la misma ley,

DECRETA:

Artículo 1ºOBJETIVOS DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION. El Departamento Nacional de Planeación, como organismo institucional, y el Consejo Nacional de Política Económica y Social, como organismo asesor principal de la administración, constituyen el conducto por medio del cual el Presidente de la República ejerce su función de máximo orientador de la planeación nacional.
Artículo 2º EL SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACION. El Departamento Nacional de Planeación constituye el organismo central y coordinador del Sistema Nacional de Planificación; cuyos otros componentes son:
Artículo 3ºFUNCIONES GENERALES DEL DEPARTAMENTO. El Departamento Nacional de Planeación es el organismo principal de la administración encargado de la formulación y elaboración de los planes y programas generales de desarrollo económico y social, que deben ser presentados al Consejo Nacional de Política Económica y Social para su estudio, aprobación y posterior presentación al Congreso para su adopción; del seguimiento y evaluación de los planes y programas generales de desarrollo y la proposición de los ajustes y modificaciones que fueren necesarios; de la participación en la preparación, seguimiento, evaluación y control del Presupuesto General de la Nación, en los términos previstos por la Ley 38 de 1989, de la orientación para la asignación de recursos y la implantación de los sistemas ymétodos que deben adoptar los organismos y entidades oficiales en la preparación y ejecución de los planes, programas y proyectos de desarrollo sectorial, multisectorial, territorial y urbano; de asesorar a dichos organismos y entidades en el cumplimiento de sus funciones; y de la coordinación entre los componentes del Sistema Nacional de Planificación.
Artículo 4ºFUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION RELACIONADAS CON EL CONSEJO NACIONAL DE POLITICA ECONOMICA Y SOCIAL, CONPES. Son funciones principales del Departamento Nacional de Planeación en su carácter de Secretaría Ejecutiva del Conpes:
Artículo 5ºFUNCIONES ESPECIFICAS DEL DEPARTAMENTO. Para el cumplimiento de los objetivos generales enunciados en los artículos anteriores, el Departamento Nacional de Planeación ejercerá las siguientes funciones:

Para el efecto, apoyará a los organismos y entidades públicas en la preparación y presentación de proyectos que puedan ser financiados con crédito externo o interno y participará en las correspondientes negociaciones.

Artículo 6ºORGANIZACION DEL DEPARTAMENTO. La organización del Departamento Nacional de Planeación será la siguiente:

A. jefatura

B. Subjefatura.

2.1 Sección de Administración de Personal.

2.2 Sección de Capacitación y Bienestar.

3.1 Sección de Ejecución Presupuestal.

3.2 Sección de Tesorería.

4.1 Sección Grupo de Estudios Especiales y Suministros.

4.3 Sección de Biblioteca y Archivo.

E. Unidad de Desarrollo Social.

F. Unidad de Desarrollo Agrario.

G. Unidad de Desarrollo Industrial y Tecnológico.

H. Unidad de Desarrollo Territorial.

J. Unidad de Inversiones y Finanzas Públicas.

K. Unidad de Análisis Macroeconómico.

N. División Especial de Inversión Extranjera.

Ñ. División Especial de Cooperación Técnica Internacional.

O. Entidades adscritas.

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