Por el cual se organiza la Policía Fiscal

Rango Decreto
Publicación 1939-01-11
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º El Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá, y los Gobernadores, Intendentes y Comisarios, en sus respectivas jurisdicciones, sólo expedirán pasaportes a los estudiantes que deseen viajar al Exterior, con el fin de ingresar a institutos de enseñanza secundaria y profesional, y que no vayan acompañados por sus padres o por uno de éstos, previa la presentación de los siguientes documentos:
Artículo 2º Las disposiciones del presente Decreto no se aplican a los profesionales que viajen al Exterior con el fin de perfeccionarse en universidades extranjeras.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de mil novecientos treinta y ocho.

EDUARDO SANTOS

El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,

Roberto García Peña

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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