por el cual se aprueba al Acuerdo número 037 del 18 de diciembre de 1996 de la Junta Directiva del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, Inssponal

Rango Decreto
Publicación 1997-01-13
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 74 del Decreto Extraordinario 1042 de 1978,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 037 del 18 de diciembre de 1996, expedido por la Junta Directiva del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 037 DE 1996

(diciembre 18)

por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, Inssponal.

La Junta Directiva del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 14 del Decreto 1562 de septiembre de 1995,

ACUERDA:

Artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional, serán cumplidas con la Planta de Personal que se establece a continuación:

Nº Cargos Denominación del Empleo Código Grado
1 Director General de Establecimiento Público 0015 23
1 Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 20
4 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 19
1 Director Territorial de Entidad Descentralizada 0042 13
6 Director Territorial de Entidad Descentralizada 0042 12
3 Director Territorial de Entidad Descentralizada 0042 10
1 Director Unidad Hospitalaria 0180 18
1 Asesor 1020 10
1 Asesor 1020 08
4 Jefe de Oficina 2045 24
19 Jefe de División 2040 19
14 Director de Clínica Nivel II 2010 15
1 Profesional Especializado 3010 23
1 Profesional Especializado 3010 21
179 Profesional Especializado 3010 16
48 Profesional Especializado 3010 15
37 Profesional Especializado 3010 14
55 Profesional Universitario 3020 13
67 Profesional Universitario 3020 12
49 Profesional Universitario 3020 11
52 Profesional Universitario 3020 10
86 Profesional Universitario 3020 09
151 Profesional Universitario 3020 08
75 Profesional Universitario 3020 07
49 Profesional Universitario 3020 06
130 Profesional Universitario 3020 05
172 Profesional Universitario 3020 04
124 Médico u Odontólogo 3085 15
Médico u Odontólogo Especialista 3120 20
30 Médico u Odontólogo Especialista 3120 18
208 Médico u Odontólogo Especialista 3120 17
75 Médico u Odontólogo Especialista 3120 16
1 Técnico Administrativo 4065 14
6 Técnico Administrativo 4065 12
4 Técnico Administrativo 4065 11
13 Técnico Administrativo 4065 10
25 Técnico Administrativo 4065 09
3 Técnico Administrativo 4065 07
5 Instructor 4085 10
16 Instructor 4085 08
4 Instructor 4085 06
1 Tecnólogo 4165 18
1 Tecnólogo 4165 17
24 Tecnólogo 4165 16
22 Tecnólogo 4165 15
25 Tecnólogo 4165 14
31 Tecnólogo 4165 13
14 Tecnólogo 4165 11
35 Tecnólogo 4165 10
56 Tecnólogo 4165 09
6 Tecnólogo 4165 08
21 Tecnólogo 4165 07
5 Técnico Profesional 4175 13
5 Técnico Profesional 4175 09
2 Técnico Profesional 4175 08
3 Técnico Profesional 4175 07
12 Secretario Ejecutivo 5040 22
2 Secretario Ejecutivo 5040 21
8 Secretario Ejecutivo 5040 20
7 Secretario Ejecutivo 5040 19
20 Secretario Ejecutivo 5040 18
28 Secretario Ejecutivo 5040 16
3 Secretario Ejecutivo 5040 15
32 Secretario Ejecutivo 5040 14
9 Secretario Ejecutivo 5040 13
11 Secretario Ejecutivo 5040 12
47 Secretario Ejecutivo 5040 11
14 Auxiliar Administrativo 5120 22
10 Auxiliar Administrativo 5120 21
45 Auxiliar Administrativo 5120 20
36 Auxiliar Administrativo 5120 18
13 Auxiliar Administrativo 5120 17
7 Auxiliar Administrativo 5120 15
9 Auxiliar Administrativo 5120 14
11 Auxiliar Administrativo 5120 13
119 Auxiliar Administrativo 5120 12
5 Auxiliar Administrativo 5120 11
102 Auxiliar Administrativo 5120-10
9 Auxiliar Administrativo 5120-09
23 Auxiliar Administrativo 5120-08
4 Secretario 5140 10
6 Ayudante de Oficina 5155 09
12 Operario Calificado 5300 19
27 Operario Calificado 5300 15
2 Operario Calificado 5300 14
3 Operario Calificado 5300 13
2 Operario Calificado 5300 12
41 Operario Calificado 5300 11
31 Operario Calificado 5300 09
7 Auxiliar de Servicios Generales 5335 19
44 Auxiliar de Servicios Generales 5335 15
5 Auxiliar de Servicios Generales 5335 13
27 Auxiliar de Servicios Generales 5335 11
11 Auxiliar de Servicios Generales 5335 09
7 Auxiliar de Servicios Generales 5335 08
38 Auxiliar de Servicios Generales 5335 07
300 Enfermero Auxiliar 5345 11
3.128 Tres mil ciento veintiocho

Artículo 2º.El Director General mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta Global de Personal que trata el artículo 1º del presente acuerdo.

Artículo 3º. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal de que trata el artículo 1º del presente acuerdo, deberá realizarse mediante resolución en un término de cuarenta y cinco (45) días a partir de la fecha de expedición del decreto por el cual se aprueba el presente acuerdo.

La incorporación de los empleados a la nueva planta se hará conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia.

Artículo 4º. En cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1406 artículo 2º del 23 de agosto de 1995, el personal que por efectos de la incorporación en la planta establecida por el presente acuerdo, le correspondiese percibir una asignación básica mensual inferior a la que actualmente devenga en el Instituto, continuará devengando la asignación básica mensual que actualmente perciben.

Artículo 5º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos número 023 del 23 de junio de 1995, número 008 del 22 de abril, número 014 del 10 de julio de 1996 y número 031 del 30 de octubre de 1996.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 1996.

El Presidente,

(Fdo.) Augusto Acosta Torres,

Viceministro para la Coordinación de Entidades Descentralizadas.

El Secretario,

(Fdo.) Alfonso Quintero García,

Secretario General Inssponal.»

Artículo 2º.El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el Decreto 1406 del 23 de agosto de 1995, salvo lo dispuesto en su artículo 2º.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

El Ministro de Defensa Nacional,

Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.