Por el cual se distribuye una apropiación. ( Ramo de Carreteras Nacionales )

Rango Decreto
Publicación 1953-09-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

DECRETA:

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 117, artículo 1842 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1953, "para estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras nacionales" de acuerdo con los respectivos compromisos contractuales, hácese la siguiente distribución:

Capítulo 117-Artículo 1842-Ordinal 14).

Para la carretera Bogotá-Soacha-Variante (Zona de Carreteras de Bogotá), $ 254.000.00.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de septiembre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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