por medio del cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores

Rango Decreto
Publicación 2004-08-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°.Suprímense en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:
País Ciudad Misión Cargo Cant.
Alemania Berlín Embajada Canciller 11 PA 1
Costa Rica San José Embajada Canciller 13 PA 1
Estados Unidos de América Nueva York Consulado Auxiliar Administrativo Bilingüe 12PA 1
Estados Unidos de América Nueva York Delegación ONU Auxiliar Administrativo Bilingüe 9 PA 1
Francia París Consulado Auxiliar Administrativo 10 PA 1
Francia París Delegación Unesco Auxiliar Administrativo 7 PA 1
Francia París Embajada Embajador Alterno 7 EX 1
Francia París Embajada Tercer Secretario 1 EX, Encargado de Funciones Culturales 1
Francia París Embajada Primer Secretario 3 EX 1
Gran Bretaña Londres Embajada Ministro Consejero 5 EX 1
Japón Tokio Embajada Primer Secretario 3 EX
Japón Tokio Embajada Primer Secretario 3 EX, Encargado de Funciones Consulares
Japón Tokio Embajada Segundo Secretario 2 EX 1
Panamá Panamá Consulado Auxiliar Administrativo 10 PA 1
Suecia Estocolmo Embajada Consejero 4 EX
Suecia Estocolmo Embajada Primer Secretario, 3 EX, Encargado de Funciones Consulares 1
Suiza Ginebra Delegación Gatt Representante Permanente 7 EX 1
Venezuela Barinas Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Venezuela Caracas Embajada Auxiliar Administrativo 5 PA (Local) 1
Venezuela San Cristóbal Consulado Auxiliar Administrativo 6 PA 1
Venezuela San Fernando de Atabapo Consulado Cónsul de Segunda Clase 2 EX 1
Venezuela San Fernando de Atabapo Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA 1

Parágrafo. Los cargos de naturaleza “Local” o los funcionarios que tengan su residencia o nacionalidad en el país sede de la misión, no tendrán derecho a las asignaciones por concepto de prima de instalación, viáticos, menaje y pasajes, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 62 del Decreto-ley 274 de 2000 y el Decreto 2078 del 28 de junio de 2004.

Artículo 2°.Créanse en la planta externa de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:
País Ciudad Misión Cargo Cant.
Alemania Berlín Embajada Auxiliar Administrativo 11 PA 1
Costa Rica San José Embajada Auxiliar Administrativo 6 PA 2
Cuba La Habana Embajada Primer Secretario 3 EX 1
Estados Unidos de América Nueva Cork Consulado Auxiliar Administrativo 12 PA 1
Francia París Embajada Primer Secretario 3EX, Encargado de Funciones Culturales 1
Francia París Embajada Tercer Secretario 1 EX 1
Francia París Consulado Canciller 10 PA 1
Francia París Delegación Unesco Embajador Alterno7 EX 1
Gran Bretaña Londres Consulado Auxiliar Administrativo 3 PA 1
Japón Tokio Embajada Primer Secretario 3 EX 1
Japón Tokio Embajada Segundo Secretario 2 EX Encargado de Funciones, Consulares 1
Japón Tokio Embajada Auxiliar Administrativo 6 PA 3
Japón Tokio Embajada Auxiliar Administrativo 4 PA 1
Malasia Kuala Lumpur Embajada Segundo Secretario 2 EX 1
Panamá Panamá Consulado Auxiliar Administrativo 12 PA 1
Suecia Estocolmo Embajada Consejero 4 EX, Encargado de Funciones Consulares 1
Suecia Estocolmo Embajada Primer Secretario 3 EX 1
Suiza Ginebra Delegación OMC Embajador Representante Permanente 7 EX 1
Venezuela Barinas Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Venezuela Barquisimeto Consulado Cónsul de Segunda Clase 2 EX 1
Venezuela Barquisimeto Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA
Venezuela Caracas Embajada Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Venezuela San Antonio del Tachira Consulado Auxiliar Administrativo 2 PA 1
Venezuela San Cristóbal Consulado Auxiliar Administrativo 2 PA 1

Parágrafo. Los cargos administrativos que se relacionan a continuación no harán parte de los despachos de los Jefes de Misión Diplomática y Consular de Colombia y continuarán en dichas misiones haciendo parte de la planta de cada una de ellas.

País Ciudad Misión Cargo Cant.
Francia París Consulado Canciller 10 PA 1
Panamá Panamá Consulado Auxiliar Administrativo 12 PA 1
Venezuela Barinas Consulado Auxiliar Administrativo 5 PA 1
Artículo 3°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo a los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Carolina Barco

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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