Por el cual se crea un cargo en el Ministerio de Obras Públicas, ramo de Interventorias
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, la asignación del Ingeniero Ayudante
de la Interventoría de la reconstrucción de la carretera Cáqueza - Villavicencio, contratada con la firma Cardoso, Araújo & Cifuentes, será de mil cien pesos ($ 1.100.00) mensuales.
Artículo segundo. En reemplazo del señor Carlos Dueñas Lehmann, quien renunció, nómbrase Ingeniero Ayudante de la Interventoría de la reconstrucción de la carretera Cáqueza - Villavicencio
contratada con la firma Cardoso - Araújo & Cifuentes, al señor Luis Jorge Aguirre Beltrán, cargo creado por Decreto número 1034 de 1954.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1955
General Jefe Supremo
GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
Manuel Archila Monroy.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango
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