Por el cual se dictan disposiciones sobre reglamentación de los estudios en la Escuela Militar

Rango Decreto
Publicación 1936-11-27
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase y adóptase el siguiente reglamento de estudios para la Escuela Militar:

GENERALIDADES:

Solamente aquellos individuos que comprueben, de manera evidente, por medio de su libreta de servicio, que han recibido instrucción militar completa en unas de las escuelas de aplicación de las armas tácticas, y que, además, sean aprobados en los exámenes de materias correspondientes al primer año de estudios en la Escuela Militar, pueden ingresar directamente al segundo año. Queda facultada la dirección de la escuela para resolver en cada caso, después de estudiar los documentos presentados por el aspirante.

MATERIAS DE ESTUDIO

Las materias de estudio correspondientes al plan general, se distribuyen así:

PRIMER AÑO

Curso General Militar.

Matemáticas:

Aritmética y Álgebra, cuatro horas semanales.

Idiomas: Castellano, tres horas semanales.

Inglés, tres horas semanales.

Francés, dos horas semanales.

Ciencias naturales:

Fisiología e Higiene, dos horas semanales.

Ciencias Histórico-Geográficas:

Historia y Geografía de España, dos horas semanales.

Cartografía, una hora semanal.

Educación Cívica, una hora semanal.

Dibujo, una hora semanal.

SEGUNDO AÑO

Curso General Militar.

Matemáticas:

Álgebra y Geometría, cuatro horas semanales.

Idiomas:

Castellano, tres horas semanales.

Inglés, tres horas semanales.

Francés, dos horas semanales.

Ciencias Naturales:

Fisiología e Higiene, dos horas semanales.

Ciencias Histórico-Geográficas:

Geografía de América de Colombia, dos horas semanales.

Historia de América, dos horas semanales.

Materias militares:

Conocimiento del servicio, una hora semanal.

Dibujo, una hora semanal.

TERCER AÑO

Curso General Militar.

Matemáticas:

Geometría y Trigonometría, cuatro horas semanales.

Idiomas:

Castellano, dos horas semanales.

Inglés, dos horas semanales.

Francés, una hora semanal.

Ciencias Naturales:

Física (Optima, Acústica, Electricidad), dos horas semanales.

Química (mineral), dos horas semanales.

Ciencias Histórico-Geográficas:

Geografía de Colombia, dos horas semanales.

Materias militares:

Legislación y organización militar, dos horas semanales.

Conocimiento del servicio, una hora semanal.

Fortificación, dos horas semanales.

CUARTO AÑO

Curso profesional.

Ciencias Naturales:

Física (Mecánica, Hidrostática y Termodinámica), tres horas semanales.

Química (orgánica), dos horas semanales.

Materias militares:

Historia militar, dos horas semanales.

Táctica, tres horas semanales.

Administración militar, dos horas semanales.

Conocimiento de armas, dos horas semanales.

Topografía, tres horas semanales.

Fortificación, dos horas semanales.

Conocimiento del personal, una hora semanal.

Los textos y útiles de enseñanza son suministrados a los alumnos por la Dirección de la Escuela.

Cursos de Extensión Cultural.

Historia del arte.

Colonización.

Nociones sobre economía.

Nociones sobre sociología colombiana.

En estos temas no solo se expondrá la materia en general, sino que se presentarán motivos de discusión entre los alumnos, con el objeto de desarrollarles el criterio.

Exámenes.

Exámenes intermedios.

Exámenes finales, y

Exámenes de habilitación.

Para la calificación anual, se suman las calificaciones de los exámenes intermedios con la calificación del examen final, y el resultado se divide por el número de veces que el alumno haya sido calificado durante el año escolar, inclusive la vez final.

Cinco días después de haber terminado los exámenes intermedios, los profesores presentarán sus listas de calificaciones a la Inspección de instrucción, junto con el legajo de temas, si es que el examen ha sido por escrito.

En la primera semana del mes siguiente al en que se efectúan los exámenes intermedios, la Inspección de instrucción presentará las listas correspondientes, anotando la calificación parcial de cada materia, el número total de puntos obtenidos por cada alumno, el término medio general de cada uno, y el puesto que ocupe en el curso, según el número de puntos.

En los exámenes intermedios califica solamente el profesor; pero durante el tiempo de examen, es obligatoria la presencia del Oficial encargado del curso o sección.

Sin este requisito, no se verificará examen alguno.

La Dirección de la Escuela solicitará la baja de los alumnos que después de los exámenes intermedios de agosto, lleven perdidas tres o más materias, con promedio menor de cuatro (4) en cada una.

Los exámenes podrán ser orales o escritos, a voluntad del profesor. En caso de que sean escritos el legajo de temas debe entregarse a la Inspección de instrucción, junto con las listas de calificaciones.

La calificación obtenida en ellos se tendrá en cuenta, aisladamente de todas las demás que en la materia se hayan obtenido durante el año, y el resultado será definitivo para declarar perdido o ganado el curso.

Quien no se presente a rendir el examen de habilitación, será dado de baja.

Los Alféreces no tienen derecho a examen de habilitación. Si desearen graduarse de Subtenientes efectivos, deben repetir el curso profesional, siempre que no hayan perdido más de tres materias.

Condiciones para pasar de un curso a otro.

1- Pésimo.

2- Muy malo.

3- Malo.

4- Menos que regular.

5- Regular.

6- Más que regular.

7- Bueno.

8- Muy bueno.

9- Excelente.

10- Sobresaliente.

Cada uno de los servicios militares debe ganarse, con una calificación mínima de siete (7).

Por calificaciones de servicios militares se entienden aquellas que comprenden los diferentes ramos del servicio práctico, espíritu militar, conducta, aptitud para el mando y aptitud en campaña.

Profesorado.

Artículo 2º. Derógase las disposiciones anteriores sobre la materia.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 30 de septiembre de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Plinio MENDOZA NEIRA

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