Por el cual se concede un auxilio a la corporación "Granja Agrícola de Fómeque"
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1º Auxiliase con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, a la corporación "Granja Agrícola de Fómeque para la terminación del edificio destinado a la orientación rural del clero.
Artículo 2º El presente auxilio será entregado al Habilitado Contador de la corporación "Granja Agrícola de Fómeque", previo el cumplimiento de los requisitos legales.
Artículo 3º Por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se harán los trasladas correspondientes para el cumplimiento de este Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1955.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINLLLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Salud Pública,
Luis Caro Escallón.
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gabriel París.
El Ministro de Agricultura,
Juan Guillermo Restrepo J.
E1 Ministro del Trabajo,
Cástor Jaramillo Arrubla.
El Ministró de Fomento, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Manuel Archila M.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Manuel Arenas.
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Comunicaciones,
Brigadier General Gustavo Berrío M.
El Ministro de Obras Públicas.
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
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