por el cual se fija una partida para gastos de representación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. El doctor Hernando Téllez, durante el tiempo que desempeñe el cargo de Delegado Permanente de Colombia ante la UNESCO, tendrá derecho a recibir en dicho carácter la cantidad de trescientos pesos ($ 300.00) mensuales por concepto de gastos de representación, los cuales le serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Parágrafo. Este Decreto entrará a regir el 1° de diciembre del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de noviembre de 1958.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio César Turbay Ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa
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