por el cual se adiciona el Decreto 1470 del 19 de julio de 2001
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 4ª de 1992, y
DECRETA:
Artículo 1º. El Alto Consejero Presidencial Código 110 Grado 00 devengará la remuneración que por todo concepto corresponde al cargo de Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, adiciona en lo pertinente el Decreto 1470 de 2001 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Federico Rengifo Vélez.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Gabriel Mesa Zuleta.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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