Por el cual se derogan varias disposiciones provenientes de la situación de guerra
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia
decreta :
Artículo 1.° Deróganse los siguientes decretos ejecutivos :
El 430, de 1876, "sobre represalias ; "
El 453, del mismo año, "sobre pasaportes para viajar por el territorio de la Union i para salir de él ; "
El 462, de dicho año, "por el cual se prohibe la comunicacion con los enemigos," i
El 81, del presente año, "sobre policía."
Artículo 2.° Deróganse igualmente las disposiciones que restrinjieron la libre navegacion de los rios Magdalena i Cauca ; quedando en consecuencia el comercio interior i el trasporte de las meRcancías estranjeras de las Aduanas a los lugares destinados para su espendio i consumo, sin sujecion a otros impuestos o formalidades que a los establecidos por la lejislacion nacional o por la de los Estados, en su caso.
. Se esceptúa de esta disposicion el comercio de armas i municiones.
Dado en Bogotá, a 3 de mayo de 1877.
AQUILEO PARRA.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
Eustorjio Salgar.
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