Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente. (Fuerzas de Policía)
La Junta Militar de Gobierno dé Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Fuerzas de Policía
CAPITULO 187
Cuerpo de Policía Militar
| 001. Del artículo 1859. Para sueldos, del personal del Cuerpo de Policía Militar, en el año | $ | 500.00.00 |
|---|---|---|
| 001. Del artículo 1860. Para pagar al personal de la Policía, Militar la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3239 de 1954, en la presente vigencia y anteriores | 50.000.00 | |
| 001. Del artículo 1862, Para el pago de alimentación al Cuerpo de Policía Militar, en el año | 130.000.00 |
CAPITULO 188
Cuerpo de Policía Militar
Material y Gastos Varios
| 003. Del articulo 1866 Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en el año | 10.000.00 | |
|---|---|---|
| 004. Al artículo 1875. Para gastos de vestuario, correaje, equipo, elementos de dormitorio y de casino, repuestos y materiales, inclusive el aseguro de los mismos en los almacenes y talleres de la Policía Militar, en el año | $ | 25.000.00 |
| Suman los contracréditos | $ | 715.000.00 |
CAPITULO 185
Material y Gastos Varios
| 228. Al artículo 1853-B. Para construcción de edificios para cuarteles y dependencias de las Fuerzas de Policía (contratos y obras adicionales pendientes de pago conforme al Decreto legislativo número 0153 de 1958) | $ | 715.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ | 715.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, .publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 11 de julio de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G.
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. Vicealmirante Rubén Piedrahita, Brigadier General Rafael Navas Pardo. Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría. El Ministro de Justicia, Rodrigo Noguera Laborde. El Ministro de Hacienda y Crédito, Jesús María Marulanda. El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya. El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar. El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román. El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. El Ministro de fomento, Harold Eder Caicedo. El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala. El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralta. El Ministro de Comunicaciones. Brigadier General Alfonso Ahumada Ruiz. El Ministro de Obras Públicas. Roberto Salazar Gómez.
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