Por el cual se distribuye la partida global apropiada para contratos de sostenimiento y administración de Jardines Infantiles, de la División Nacional del Niño

Rango Decreto
Publicación 1960-02-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en.uso.de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo, primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 295, artículo 3096 del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, para contratos de sostenimiento y administración de Jardines Infantiles, en el año, hácese la siguiente distribución:

CAPITULO N° 295
Artículo número 3096
Mes Año.
Clave 458. Ordinal 1. Para atender a las obligaciones del contrato celebrada para sostenimiento del, Jardín Infantil Las Nieves, de la ciudad de Barranquilla, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución $ 5.500.00 66.000.00
Clave 458. Ordinal 2. Para atender a las. obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "Las Nieves", de la ciudad de Barranquilla, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución 5.500.00 66.000.00
Clave 458. Ordinal 3. Para atender a las obligaciones de! contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil El Prado1, de la ciudad de Cartagena, en el año suma que será girada al Contratista de dicha institución 6.000.00 72.000.00
Clave 458. Ordinal 4. Para atender, a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "Hogar Jardín", de la ciudad de Istmina en el año suma que será girada al Contratista de dicha institución 5.500.00 66.000.00
Clave 458. Ordinal 5. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "Hogar Santa Luisa", de la ciudad de Barrancabermeja, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución 5.000.00 60.000,00
Clave 458. Ordinal 6. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "Santa Rosa" de Lima, de la ciudad de Palmira, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución 6.000.00 72.000.00
Clave 458, Ordinal 7. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "San José", de la ciudad de Pereira, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución $ 6.000.00 72.000.00
Clave 458. Ordinal 8. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "Cristóbal Colón", de la ciudad de Cali, en el año, suma que será girada al contratista de dicha institución 5.000.00 60.000.00
Clave 458. Ordinal 9. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "La Valvanera", de la ciudad de Cali, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución 5.000.00 60.000.09
Clave 4o3. Ordinal 10. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil "Santa Teresita", de la ciudad de Bucaramanga, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución 4.000.00 48.000.00
Clave 458. Ordinal 11. Para atender a las obligaciones del contrato celebrado para sostenimiento del Jardín Infantil Sala-Cuna Cruz Roja de la ciudad de Medellín, en el año, suma que será girada al Contratista de dicha institución 4.000.00 48.000.00
Suma la Partida $ 690.000.00
Artículo segundo, El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se hará a partir del 1° de enero de 1960, hasta el 31 de diciembre del mismo año, con cargo al Capítulo 295, artículo 3096, del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D, E., a 2 de febrero de 1960.

ALBERTO LLERAS.

Hernando Agudelo Villa, Ministro de Hacienda y Crédito Público.

José A. Jácome Valderrama, Ministro de Salud Pública.

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