por el cual se conmemora el aniversario de la fundación de la ciudad de Armero, Departamento del Tolima, y se Honra la memoria de su fundadora
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del Decreto número 46 de 30 de marzo de 1953, originario de la Alcaldía Municipal de Armero, se reconoció como fundadora de la ciudad a la señora Dominga Cano de Rada;
Que por medio del Decreto 019 de 21 de septiembre de 1975; se rindió homenaje a la fundadora de la ciudad, y se declaró día cívico el 29 de septiembre, fecha conmemorativa de su constitución como cabecera municipal;
Que el día 19 de enero de 1945, falleció en la muy ilustre ciudad de Armero, la señora Dominga Cano de Rada, fundadora del Municipio de San Lorenzo, hoy Armero;
Que corresponde al Gobierno Nacional honrar a los pioneros fundadores de ciudades, y a quienes han contribuido a, darle lustre en actividades concernientes al bien común;
decreta:
Artículo primero. La Nación se asocia a la celebración del Aniversario de la Fundación de la ciudad de Armero, Tolima
Artículo segundo. Rendir tributo de admiración a su fundadora señora Dominga Cano de Rada, y a las virtudes civiles de sus moradores.
Artículo tercero. Copia del presente Decreto, envíese en nota de estilo al honorable Concejo Municipal, a la Alcaldía y a los descendientes de la fundadora Dominga Cano de Rada.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de noviembre de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Gobierno, Cornelio Reyes.
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