Por el cual se aprueba el acuerdo Número 021 del 1° de septiembre de 1989, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Rionegro
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 109 de 1985,
DECRETA:
ARTICULO 1°. Apruébase el Acuerdo número 021 del 1°de septiembre de 1989, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Rionegro, por el cual se fija la estructura orgánica de la Zona Franca Industrial y Comercial de Rionegro y se determinan las funciones de sus dependencias, y cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NUMERO 021 DE 1989
(septiembre 1°)
"por el cual se fija la estructura orgánica de la Zona Franca Industrial y Comercial de Rionegro, y se determinan las funciones de sus dependencias".
La Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Rionegro, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
CAPITULO I
DE LA ESTRUCTUTRA ORGANICA.
Artículo 1°Para el cumplimiento de sus objetivos la Zona Franca Industrial y Comercial de Rionegro tendrá la siguiente estructura interna:
-
- JUNTA DIRECTIVA.
-
- Gerencia.
2.1 Oficina Jurídica.
2.2 Oficina de Planeación.
-
- Subgerencia General.
3.1 División Administrativa.
3.2 División Financiera.
3.3 División Comercial.
3.4 División Industrial.
-
- Organos de Asesoría y Coordinación.
4.1 Comité de Gerencia.
4.2 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
4.3 Comisión de Personal.
CAPITULO II
DE LAS FUNCIONES.
Artículo 2°JUNTA DIRECTIVA Y GERENCIA. La Junta Directiva y el Gerente cumplirán las funciones asignadas en la Ley 109 de 1985, en los estatutos de la Entidad y en las demás disposiciones legales que los adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 3° OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica:
- a) Asistir y asesorar a la Junta Directiva, la Gerencia y demás dependencias de la Zona, en el trámite y solución de todos los asuntos jurídicos;
- b) Emitir conceptos sobre asuntos de carácter jurídico que la Zona y los usuarios de la misma sometan a su consideración;
- c) Asesorar a los inversionistas nacionales y extranjeros de la Zona Franca sobre el régimen de la Entidad;
- d) Estudiar, preparar o revisar los proyectos de acuerdo, resolución y demás actos administrativos que deban ser sometidos a consideración de la Junta Directiva y la Gerencia;
- e) Revisar los pliegos de condiciones de los contratos y emitir los conceptos para la aprobación de la Gerencia;
- f) Estudiar y conceptuar sobre los aspectos legales de los contratos o convenios que debe celebrar la Zona Franca y preparar las minutas correspondientes;
- g) Atender el desarrollo de los trámites y procedimientos de naturaleza jurídica de los contratos o convenios que realice la Zona Franca;
- h) Codificar y actualizar las normas legales y reglamentarias relacionadas con la Entidad y velar por su difusión
- i) Representar a la Entidad, a través de sus abogados, en los juicios en que ésta sea parte, cuando así lo disponga la Gerencia e informarle sobre el desarrollo de los mismos;
- j) Aprobar, por delegación de la Gerencia, las pólizas requeridas para el perfeccionamiento y funcionamiento de los contratos;
- k) Custodiar los contratos y títulos de propiedad de los bienes muebles e inmuebles de la Entidad que le sean encomendados;
- l) Rendir informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- m) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 4°OFICINA DE PLANEACION. Son funciones de la Oficina de Planeación:
- a) Asesorar a la Gerencia en la formulación y evaluación de las políticas, planes y programas que deba realizar la Zona Franca;
- b) Fijar las pautas generales y específicas para que cada dependencia recopile la información necesaria para la elaboración de los planes, programas y proyectos;
- c) Realizar, coordinar y dirigir los estudios requeridos para el proceso de planeamiento institucional a corto, mediano y largo plazo;
- d) Coordinar con las demás dependencias de la Zona Franca las actividades relacionadas con la elaboración de los planes, programas y proyectos, como también del presupuesto de funcionamiento e inversión;
- e) Analizar, evaluar y recomendar las acciones tendientes a reorientar la ejecución de los planes y programas;
- f) Programar, en coordinación con la Subgerencia General, el proyecto anual de presupuesto y someterlo a consideración de la Gerencia;
- g) Evaluar periódicamente la estructura tarifaria de la Zona Franca y recomendar acciones tendientes a hacer efectivos los ajustes necesarios a fin de hacerles eficientes y competitivas;
- h) Atender las actividades relacionadas con el análisis, programación, implantación y procesamiento de la información mediante sistemas automatizados;
- i) Analizar, interpretar y organizar la información estadística y la elaboración de los informes que requiera la Junta Directiva y demás entidades o dependencias interesadas;
- j) Elaborar e implantar, en coordinación con las demás dependencias de la Entidad, estudios sobre organización, métodos y procedimientos administrativos;
- k) Coordinar con la División Administrativa la elaboración de manuales de funciones y requisitos del personal de la Zona Franca;
- l) Rendir los informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- m) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 5°SUBGERENCIA GENERAL. Son funciones de la Subgerencia General las siguientes:
- a) Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo de las actividades administrativas, financieras y técnicas de la Zona Franca, de acuerdo con las políticas y programas establecidos por la Junta Directiva y la Gerencia;
- b) Colaborar con la Gerencia, en coordinación con la Oficina de Planeación en la formulación de los planes, programas y proyectos que realice la Zona Franca;
- c) Asistir a la Gerencia en la celebración de convenios de tipo comercial de la Zona;
- d) Evaluar las solicitudes presentadas por los interesados en vincularse como usuarios comerciales o industriales a la Zona Franca y recomendar a la Gerencia de la Entidad las acciones a seguir;
- e) Llevar la representación y asistir al Gerente cuando éste lo determine, en los asuntos de carácter técnico o administrativo;
- f) Coordinar con la Oficina Jurídica de la Zona Franca los trámites de los negocios que se susciten ante lo contencioso administrativo;
- g) Actuar como Secretario de la Junta Directiva y refrendar los actos expedidos por la misma;
h ) Refrendar los actos administrativos que expida el Gerente;
- i) Asistir a la Gerencia en las gestiones relacionadas con la consecución y manejo de los créditos y ayudas nacionales e internacionales;
- j) Someter a la consideración de la Gerencia los proyectos de créditos, traslados presupuestales, acuerdos de gastos y relación de reservas;
- k) Coordinar con la Oficina de Planeación la preparación del proyecto anual de presupuesto de la Zona Franca;
- l) Promover estudios de prefactibilidad de proyectos industriales y comerciales susceptibles de ser desarrollados por la Entidad;
- m) Mantener informadas a todas las dependencias de la Entidad sobre actos, disposiciones, reglamentos relacionados con las actividades de la Zona Franca;
- n) Rendir informes sobre las actividades de la dependencia;
- o) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 6°DIVISION ADMINISTRATIVA. Son funciones de la División Administrativa:
- a) Desarrollar, en coordinación con las demás dependencias, las políticas de administración del recurso humano que adopte la Zona, y atender el registro y control del personal;
- b) Ejecutar y supervisar las actividades propias de la administración de personal y el trámite de todo lo relacionado con el movimiento del personal y los correspondientes actos administrativos;
- c) Promover y coordinar programas de inducción y capacitación para los empleados de la Zona, como también de bienestar social para estos últimos y sus familias;
- d) Elaborar los proyectos de resolución sobre nombramientos y demás novedades de personal, y expedir las constancias que sobre el tiempo de servicios y otros asuntos relacionados soliciten los empleados y exempleados de la entidad;
- e) Aplicar las disposiciones sobre clasificación, calificación de servicios, carrera administrativa, régimen disciplinario y prestaciones, y ejercer el control sobre el cumplimiento de las normas y reglamentos de personal;
- f) Atender la elaboración de la nómina de pagos al personal de la Zona;
- g) Atender la adquisición, almacenamiento, custodia y distribución de los elementos y equipos necesarios para el funcionamiento de la Zona Franca;
- h) Organizar y prestar los servicios de aseo, vigilancia, transporte, publicaciones, cafetería, recepción y demás que sean necesarios para el normal funcionamiento de la Entidad;
- i) Elaborar el programa anual de compras, mantener actualizado el registro de proponentes, así como el catálogo de suministros;
- j) Controlar el manejo de inventarios y los registros de ingresos y egresos de elementos y equipos de la Entidad;
- k) Prestar los servicios de archivo y correspondencia;
- l) Rendir informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- m) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 7°DIVISION FINANCIERA. Son funciones de la División Financiera las siguientes:
- a) Elaborar, en coordinación con la Subgerencia General, el proyecto anual de presupuesto;
- b) Preparar los proyectos de ordenación del gasto, traslados y modificaciones al presupuesto y demás actos administrativos referentes a la ejecución presupuestal;
- c) Llevar la contabilidad financiera, presupuestal y patrimonial de la Zona, de acuerdo con lo dispuesto en las normas legales, reglamentarias y fiscales vigentes y los respectivos planes de cuentas;
- d) Elaborar los balances consolidados, estados financieros y demás informes; efectuar los análisis interpretativos de los mismos y someterlos a la consideración de la Subgerencia General;
- e) Recaudar y custodiar los fondos y títulos valores que correspondan a la Zona Franca;
- f) Elaborar y actualizar los registros de ingreso y egreso de fondos, pólizas de seguros, garantías bancarias, cartas de crédito, y ejercer una vigilancia y control en la ejecución financiera;
- g) Llevar el control de la cartera de la Zona Franca y elaborar e implantar los sistemas y procedimientos para agilizar el cobro a terceros;
- h) Cumplir y hacer cumplir los procedimientos sobre recaudación de ingresos, pagos, términos para la aprobación y ejecución del presupuesto, y demás normas financieras y contables aplicables a la Entidad;
- i) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 8°DIVISION COMERCIAL. Son funciones de la División Comercial las siguientes:
- a) Autorizar y controlar la entrada y salida de mercancías al área comercial de la Zona, previo el cumplimiento de los requisitos y normas establecidos para el efecto;
- b) Dirigir y promover la realización de programas de investigación para el desarrollo comercial de la Zona y velar por su ejecución;
- c) Prestar asesoría a los usuarios de la Zona en todo lo relacionado con los trámites aduaneros, comercio exterior y demás procedimientos relacionados con la actividad comercial;
- d) Coordinar y controlar las operaciones de almacenamiento, distribución y conservación en las bodegas y patios de la Zona Franca;
- e) Controlar el proceso de vinculación de los usuarios en el área comercial, conforme a la reglamentación sobre el particular;
- f) Rendir informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- g) Elaborar y remitir periódicamente, con destino a la compañía aseguradora la relación de mercancías depositadas en instalaciones de la entidad, para efecto de las protecciones exigidas por la ley;
- h) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Artículo 9°DIVISION INDUSTRIAL. Son funciones de la División Industrial las siguientes:
- a) Asesorar a los industriales en el diligenciamiento de la solicitud de la instalación en la Zona Franca y demás aspectos relacionados con los objetivos de la Entidad;
- b) Elaborar, actualizar y controlar el registro de usuarios industriales de la Zona Franca;
- c) Elaborar, en coordinación con la Subgerencia General, el proyecto de la reglamentación sobre el control de tránsito del personal vinculado a las industrias que operan en la Zona;
- e) Informar y orientar a los usuarios en las ventajas de utilización de la Zona y en la aplicación de las normas y procedimientos de la Entidad;
- f) Autorizar la entrada y salida de mercancía, maquinarias y equipo, en el área industrial, previo el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios;
- g) Llevar y actualizar el inventario físico de bienes de origen nacional y extranjero de las empresas y ordenar la práctica de inventarios selectivos;
- h) Participar en las actividades de promoción industrial programadas por el Gobierno Nacional;
- i) Determinar y evaluar las necesidades de servicio e infraestructura de los usuarios y autorizar la dotación de los mismos, en coordinación con la gerencia General;
- j) Rendir informe sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia;
- k) Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION.
Artículo 10. COMITE DE GERENCIA. El Comité de Gerencia estará integrado por:
- a) El Gerente, quien la presidirá;
- b) El Subgerente General;
- c) Los Jefes de la Oficina Jurídica y de Planeación;
- d) Los Jefes de División.
Actuará como Secretario el funcionario que designe el Gerente de le Zona Franca.
ParágrafoEl Gerente podrá invitar a las sesiones del Comité a aquellos funcionarios que estime conveniente, dependiendo de los asuntos a tratar.
Artículo 11. El Comité de Gerencia cumplirá las siguientes funciones:
- a) Evaluar periódicamente la ejecución de los planes, programas y proyectos adoptados por la Entidad;
- b) Estudiar y evaluar previamente los asuntos que deban someterse a la consideración de la Junta Directiva y los que someta a su consideración el Gerente;
- c) Las demás que le sean asignadas y correspondan a su naturaleza.
Artículo 12. COMISION DE PERSONAL. Estará integrada y cumplirá las funciones establecidas en las normas legales vigentes sobre la materia.
Artículo 13. JUNTA DE LICITACIONES Y ADQUISICIONES. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:
- a) El Subgerente General, quien la presidirá;
- b) El Jefe de la Oficina Jurídica;
- c) El Jefe de la División Financiera.
Actuará como Secretario de la Junta el funcionario que determine el Gerente.
Artículo 14. FUNCIONES DE LA JUNTA DE LICITACIONES Y ADQUISICIONES. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá con las funciones que le sean propias, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Artículo 15. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto de aprobación expedido por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias. En especial los Acuerdos 012 y 016 de 1989.
Dado en Medellín, a los un (1) día del mes de septiembre de 1989.
El Presidente,
(Fdo.) VIVIANE MORALES HOYOS.
El Secretario ad hoc,
(Fdo.) JOSE MIGUEL OSPINO ALVARADO».
ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 24 de octubre de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Desarrollo Económico,
Carlos Arturo Marulanda Ramirez.
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