Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1976, por $ 100.800.000.00 y se hacen unos contracréditos y créditos adicionales en el mismo (Ministerio de Educación Nacional) por $ 450.000.000.00 y por razones de orden público

Rango Decreto
Publicación 1976-12-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 121 de la Constitución Nacional y 104 del Decreto-ley 294 de 1973, respectivamente; en desarrollo del Decreto 2131 de 1976, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 2131 de 8 de octubre de 1976 se declararon la turbación del orden público y el estado de sitio en todo el territorio nacional;

Que la prestación del servicio público de educación, en gran número de universidades oficiales, se encuentra seriamente entrabada y aun amenazada de parálisis, debido a apremiantes necesidades económicas, lo cual ha generado paros acompañados de actos de violencia y otros hechos perturbadores del orden público, y que esta situación, en la medida en que se agrava, y unida a la derivada de otros hechos inherentes a la perturbación, dificulta el pronto restablecimiento del expresado orden;

Que el artículo 104 del Decreto-ley 294 de 1973 faculta al Gobierno Nacional, durante el estado de sitio, para abrir los créditos adicionales y efectuar los contracréditos al Presupuesto, en la forma que decidan el Presidente de la República y el Consejo de Ministros;

Que el Consejo de Ministros determinó la necesidad de adicionar el presupuesto de gastos vigente y de efectuar los contracréditos del caso, con el fin de disponer de los recursos para atender a los gastos que requiere la normalización del servicio público de la enseñanza superior;

Que por Resolución número 9619, de 9 de noviembre del año en curso, el Ministerio de Educación Nacional declaró sobrantes y disponibles para contracreditar varias apropiaciones del Presupuesto vigente, y

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 23 de 1976, por $ 100.000.000.00; el número 27, por $ 32.512.262.69, y el número 38, por $ 134.767.603.51, de los cuales en su orden, se utilizan $ 40.000.000.00, $ 545.216.60 y $ 50.309.033.79, así como también expidió el certificado de disponibilidad número 40 de 1976 por $ 9.145.749.61, y el de reserva y disponibilidad número 110, por $ 450.000.000.00, los cuales sirven de base para las operaciones presupuéstales siguientes,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el cómputo del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la actual vigencia en la cantidad de cien millones de pesos ($ 100.000.000.00) moneda legal, que con base en los certificados de disponibilidad números 23, 27, 38 y 40 de 1976 expedidas por el Contralor General de la República que se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:

AQUÍ VA PDF DIARIO OFICIAL 34695 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1.

Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos de la actual vigencia.

AQUÍ VA PDF DIARIO OFICIAL 34695 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 2.

Artículo 3 Hácense los siguientes contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976:

AQUÍ VA PDF DIARIO OFICIAL 34695 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 3-8.

Artículo 4° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976.

AQUÍ VA PDF DIARIO OFICIAL 34695 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1.

Artículo 5° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de noviembre de 1976.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Gobierno, Rafael Pardo Buelvas. El Ministro de Relaciones Exteriores, Indalecio Liévano Aguirre. El Ministro de Justicia, encargado, Carlos Vargas Villalba. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya. El Ministro de Defensa, Abraham Varón Valencia. El Ministro de Agricultura, Alvaro Araújo Noguera. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Oscar Montoya Montoya, El Ministro de Salud Pública, Raúl Orejuda Bueno, El Ministro de Desarrollo Económico, Diego Moreno Jaramillo. El Ministro de Minas y Energía, Jaime García Parra. Et Ministro de Educación Nacional, Hernando Duran Dussán. EL Ministro de Comunicaciones, Sara Ordóñez de Londoño. El Ministro de Obras Públicas y Transporte, Humberto Salcedo Callante.

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