Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (Policía Nacional), por $ 60.777.637.00

Rango Decreto
Publicación 1974-12-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

en uso de sus facultades legales y,

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, faculto al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos,

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Publica y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 de la Policía Nacional por $60.777.637.00

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto -ley número 294 de 1973, el Contralor General de la Republica expidió el Certificado de Disponibilidad correspondiente del cual se utilizan $60.777.637.00 para financiar el crédito adicional de que trata este Decreto y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónase los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de sesenta millones setecientos setenta y siete mil seiscientos treinta y siete pesos ($ 60.777.637.00) moneda legal, que con base en el certificado de Disponibilidad correspondiente del mismo año, expedido por el Contralor General de la Republica se incorporarán con imputación al siguiente numeral :

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Capitulo XIII

Recursos del crédito

Numeral 124 Emisión pagares semestrales de Emergencia Económica $ 60.777.637
Suma el recurso $ 60.777.637
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1974:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Policía Nacional

Dirección General

Programa 182

Servicios Policiales

Pagares Semestrales de Emergencia Económica

Servicios Personales

102 132 129. Artículo 1881-A Subsidio familiar y demás primas legales 60.777.637
suma el crédito adicional $ 60.777.637
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá D. E., a 18 de noviembre de 1974.

ALONSO LOPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público encargado, Joaquín Bohórquez

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