Por el cual se hacen una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Gobierno)
La Junta Militar de Gobierno de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 00164 de 1950 y 1599
de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 040
Asamblea Nacional Constituyente y Congreso Nacional.
-
- Del artículo 0402. Para sueldos de los empleados de la Asamblea Nacional Constituyente, en el
| año | $ 2.500.00 |
|---|---|
| Suma el contracréditos | $ 2.500.00 |
| CAPITULO 041 Ministerio. 003. Del artículo 0426. Para blusas de trabajo de empleados; overoles para obreros y uniformes para Conserjes, Choferes, Porteros y Carteros, en el año | $ 2.500.00 |
| Suma el crédito | $ 2.500.00 |
Artículo Segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1957.
Mayor General, GABRIEL PARIS,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Contraalmirante Rubén PiedrahitaA.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno,
José María Villarreal.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
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