Por el cual se asigna la suma que para gastos de escritorio es necesaria para varias Administraciones subalternas de Hacienda nacional

Rango Decreto
Publicación 1879-05-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El presidente de Estados Unidos de Colombia,

considerando:

Que en el presupuesto de gastos de la vijencia no se señaló partida especial para gastos de material de las adminstraciones Subalternas de Hacienda Nacional de Calamar, Magangué, Puerto Paredes, Sogamoso y Santader (Quilichao); que estas oficinas se encuentran funcionando desde el 1° de septiembre de 1978,

decreta:

Art. único. Señálanse para gastos de escritorio y arrendamiento de locales de las administraciones subalternas que se expresan en seguida, las cantidades que siguen.
Para la de calamar $104
Para la de Magangué 20
Para la de Puerto Parédes 48
Para la de Sogamoso 50
Para la de Santander 12

Estos gasto se imputarán al Departamento de correos, capítulo 2,°artículo 3, servicio de 1878 a 1879.

Dado en Bogotá a 16 de mayo de 1879

JULIAN TRUJILLO

El Secretario do Guerra i Marina,

Andres Ceron.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.