Por el cual se aprueba con modificaciones el marcado con el número 208 de 1941, diciembre 17, sobre personal y asignaciones civiles, dictado por el Secretario General, encargado del Despacho de la Intendencia Nacional del Meta

Rango Decreto
Publicación 1942-02-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:

"DECRETO NUMERO 208 DE 1941

(diciembre 17)

sobre personal y asignaciones civiles de la Intendencia Nacional del Meta, en el año de 1942.

El Secretario General de la Intendencia Nacional del Meta, encardado del Despacho,

en uso de sus atribuciones,

DECRETA:

Articulo 1º En el año de 1942, habrá en la Intendencia del Meta el siguiente personal, con las asignaciones mensuales que se expresan a continuación:
I
GOBIERNO
Intendencia.
Un Intendente $ 400.00
Un Secretario General, en les meses de enero y febrero 210.00
El mismo Secretario, en los diez meses restantes 200.00
Un Oficial Mayor 150.00
Un Mecanógrafo 90.00
Un Chofer 75.00
Un Portero de la Casa Intendencial 50.00
Alcaldías.
Villavicencio.
Un Alcalde, en los meses de enero y febrero $ 160.00
El mismo Alcalde, en los diez meses restantes 200.00
Un Secretario 100.00
Un Oficial Mayor 80.00
Un Mecanógrafo 65.00
Ocho (8) Agentes de Policía, cada uno 55.00
Restrepo.
Un Alcalde 95.00
Un Secretario 70.00
Un Mecanógrafo 50.00
San Martin.
Un Alcalde 95.00
Un Secretario 70.00
Un Mecanógrafo 50.00
El Calvario.
Un Alcalde 75.00
Un Secretario 45.00
Corregidurias.
Acacias.
Un Corregidor 90.00
Un Secretario 60.00
Barranca de Upia.
Un Corregidor 70.00
Un Secretario 40.00
Cabuyaro.
Un Corregidor 65.00
Un Secretario 40.00
Cumaral.
Un Corregidor 65.00
Un Secretario 40.00
Un Electricista de la Planta 70.00
San Pedro de Arimena.
Un Corregidor 70.00
Un Secretario 40.00
Surimena.
Un Corregidor 65.00
Un Secretario 40.00
Uriba.
Un Corregidor 75.00
Un Secretario 50.00
Yacuana.
Un Corregidor 70.00
Un Secretario 50.00
Un Electricista de la Planta 70.00
Servicio Electoral.
Un Fotoidentificador 75.00
Un Secretario del Jurado Electoral de Villavicencio 50.00
Un Secretario en cada uno de los Jurados Electorales de Restrepo, San Martín y El Calvario, cada uno a 20.00
Servicio Carcelario.
Sobresueldo del Director de las Cárceles del Circuito 15.00
Un Guardián Intendencial 55.00
II
JUSTICIA
Juzgado de Instrucción Criminal.
Un Juez 171.00
Un Secretario 100.00
Un Mecanógrafo 80.00
III
HACIENDA.
Un Administrador de Rentas 220.00
Un Cajero Intendencial 150.00
Un Portero del edificio 50.00
Juzgado de Rentas
Un Juez 100.00
Un Secretario 65.00
Resanando de Rentas.
Un Jefe 100.00
Dos (2) Cabos, cada uno 65.00
Veinte (20) Celadores, cada uno 50.00
Colecturías y Recaudaciones.
Villavicencio. (Personal auxiliar).
Un Ayudante Liquidador 60.00
Un Acarreador de Licores 50.00
Los Colectores y Recaudadores devengarán los porcentajes señalados o los que se les señalen por medio de decretos especiales.
Fábrica de Licores.
Un Jefe Zacalinero 90.00
Un Ayudante 60.00
Un Oficial de Estadística y Control 70.00
Contabilidad.
Un Jefe 180.00
Un Ayudante 1º 100.00
Un Ayudante 2º 80.00
Estadística y Catastro.
Un Director 180.00
Un Secretario Oficial 1º 80.00
Un Oficial 2º 65.00
Dos (2) Anotadores de importación y Exportación, cada uno 50.00
Nuevo Catastro.
Un Jefe 120.00
Dos (2) Peritos Avaluadores, cada uno 100.00
Auditoría Fiscal.
Sobresueldo del Auditor Fiscal de la Contraloria General de la República 30.00
IV
EDUCACION
Treinta y siete (37) Directores y Maestros Seccionales de Escuelas Intendenciales, con la asignación correspondiente a la categoría a que pertenezcan en el Escalafón Nacional del Magisterio, así:
Los de 1ª categoría, cada uno 75.00
Los de 2ª categoría, cada uno 70.00
Los de 3ª categoría, cada uno 65.00
Los de 4ª categoría, cada uno 55.00
Los Maestros que no estén aún escalafonados, devengarán la asignación correspondiente a la 4ª categoría.
V
HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Un Médico Oficial 180.00
Un Médico del Hospital Montfort 150.00
VI
FOMENTO ECONOMICO
Dos Guias, de Turismo, en cuatro (4) meses, cada uno 65.00
VII
ALMACEN Y PROVISIONES
Un Almacenista 120.00
Un Ayudante Contador 90.00
Un Despachador 50.00
VIII
OBRAS PUBLICAS
Dirección.
Un Ingeniero Jefe 230.00
Un Ingeniero Ayudante 200.00
Un Inspector 140.00
Un Secretario Contador 85.00
Talleres y Equipo.
Un Mecánico Jefe 120.00
Siete (7) Choferes, cada uno 75.00
Artículo 2º Sométase a la aprobación del Organo Ejecutivo Nacional.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Villavicencio, a diez y siete de diciembre de mil novecientos cuarenta y uno.

El Secretario General, encargado,

(Firmado), Carlos Hugo Estrada C.

El Oficial Mayor,

(Firmado), Jorge Rojas Ortega

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,

Gonzalo RESTREPO

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